Una revisión de archivos botánicos, estudios químicos y fuentes etnográficas revela que solamente el peyote tiene efectos alucinógenos plenamente demostrados; otras cactáceas contienen mescalina o alcaloides potencialmente psicoactivos, pero su acción en humanos continúa siendo incierta.
Investigación y redacción: Gorki Rodríguez | HISTORIASMX
HISTORIASMX. – En las llanuras pedregosas del norte de México, donde la lluvia es escasa y el viento arrastra polvo entre gobernadoras, lechuguillas y nopaleras, algunas de las plantas más pequeñas poseen una historia mucho mayor que su tamaño.
Crecen casi enterradas. Sus cuerpos verdes, grises o azulados se confunden con las piedras calizas. Algunas carecen de espinas; otras parecen cubiertas por diminutos peines blancos. Durante siglos han sido llamadas peyote, peyotillo, peyote cimarrón, hikuri o jíkuri. Sin embargo, esos nombres no significan que todas produzcan alucinaciones.
La revisión de artículos científicos, estudios fitoquímicos, bases botánicas, documentos oficiales y registros etnográficos permite establecer una diferencia fundamental: el peyote, Lophophora williamsii, es la única cactácea del Desierto Chihuahuense cuyo efecto psicodélico en seres humanos está ampliamente comprobado y explicado farmacológicamente.
Una segunda especie, el peotillo Pelecyphora aselliformis, contiene mescalina demostrada mediante análisis químicos, pero no existen suficientes estudios clínicos que confirmen la intensidad o regularidad de sus efectos. En otras especies hay alcaloides, relatos ceremoniales o referencias históricas, pero no pruebas suficientes para clasificarlas científicamente como alucinógenas.
Un desierto más grande que Chihuahua.
El Desierto Chihuahuense no coincide con los límites políticos del estado de Chihuahua. Es una extensa región ecológica compartida por México y Estados Unidos, delimitada al oeste por la Sierra Madre Occidental y al este por la Sierra Madre Oriental.
Las estimaciones de su superficie cambian según el método utilizado para trazar sus fronteras. Documentos de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas hablan de aproximadamente 507 mil kilómetros cuadrados, mientras que el Servicio de Parques Nacionales de Estados Unidos calcula cerca de 647 mil 500 kilómetros cuadrados. Más del 90 por ciento se encuentra en México. Comprende zonas de Chihuahua, Coahuila, Durango, Zacatecas, Nuevo León, San Luis Potosí y áreas adyacentes, además de Nuevo México y Texas.
La región constituye uno de los grandes centros mundiales de diversidad de cactáceas. La Conanp calcula que en ella viven alrededor de 350 especies, mientras que un estudio sobre rareza geográfica analizó 142 especies y encontró 42 endemismos con áreas de ocupación inferiores a diez kilómetros cuadrados. Esta concentración de plantas extraordinariamente localizadas también explica su vulnerabilidad frente al saqueo y la destrucción del hábitat.
Qué encontró la investigación.
| Especie | Evidencia química o cultural | Evaluación científica |
|---|---|---|
| Lophophora williamsii — peyote | Contiene mescalina; efectos y mecanismo cerebral ampliamente documentados | Alucinógena confirmada |
| Pelecyphora aselliformis — peotillo | Contiene mescalina y otros alcaloides | Potencial alucinógeno químicamente sustentado, pero sin confirmación clínica suficiente |
| Pelecyphora macromeris — antes Coryphantha macromeris | Contiene macromerina y normacromerina; existen pruebas en animales | Psicoactividad posible, no comprobada como alucinógeno humano |
| Ariocarpus fissuratus — peyote cimarrón o roca viviente | Uso histórico rarámuri; contiene hordenina y fenetilaminas, pero no mescalina | Evidencia etnográfica; efecto alucinógeno no demostrado |
| Epithelantha micromeris — hikuli mulato | Relatos rituales rarámuri; triterpenos y toxicidad experimental | Uso cultural documentado, farmacología alucinógena no confirmada |
| Ariocarpus retusus — falso peyote o chautle | Contiene hordenina y N-metiltiramina; asociado con experiencias desagradables en relatos tradicionales | No demostrado como alucinógeno |
| Lophophora diffusa — peyote de Querétaro | Contiene principalmente pellotina y trazas o ausencia de mescalina | No debe equipararse con el peyote alucinógeno |
El peyote: la única certeza científica
El peyote, Lophophora williamsii, es una pequeña cactácea de crecimiento lento, cuerpo redondeado y generalmente sin espinas. Se distribuye desde Texas hasta el noreste y centro-norte de México, principalmente en desiertos y matorrales secos, sobre suelos frecuentemente calizos. La taxonomía internacional reconoce a la especie como válida y a su territorio como parte de los ambientes desérticos de Norteamérica.
Su principal sustancia alucinógena es la mescalina, una fenetilamina que modifica la percepción mediante la activación de receptores serotoninérgicos 5-HT2A. El cactus también contiene pellotina, anhalonidina, hordenina y otros alcaloides, pero la mescalina es la responsable principal de sus efectos psicodélicos.
La alteración de la percepción puede incluir cambios en los colores, las formas, la noción del tiempo y la imagen corporal. También puede provocar náuseas, taquicardia, elevación de la presión arterial, sudoración, ansiedad, desorientación y pérdida de coordinación. La respuesta varía considerablemente entre personas y depende también del contexto cultural y psicológico.
La relación humana con el peyote es muy anterior a la farmacología moderna. Análisis químicos y dataciones de ejemplares arqueológicos encontrados en las cuevas de Shumla, en Texas, indicaron que habitantes del Desierto Chihuahuense reconocían sus propiedades hace aproximadamente 5 mil 700 años. Otros restos procedentes de Coahuila conservaron mescalina, anhalonina, lophophorina y pellotina.
Estos descubrimientos desmontan la idea de que el peyote sea una moda contemporánea. Su uso pertenece a una historia indígena milenaria vinculada con la curación, la peregrinación, la oración y la transmisión de conocimientos.
El peotillo: mescalina en una especie distinta.
La segunda cactácea que merece atención científica es Pelecyphora aselliformis, conocida como peotillo o peyotillo. Es endémica de San Luis Potosí y aparece en pastizales y lomeríos calizos del sector meridional del Desierto Chihuahuense. Estudios florísticos la incluyen expresamente entre las plantas endémicas de esta ecorregión.
En 1972, una investigación publicada en la revista Science identificó en esta especie hordenina, anhalidina, pellotina, mescalina y otras fenetilaminas. Fue el primer informe de mescalina en una cactácea norteamericana ajena al género Lophophora.
Pero encontrar mescalina no basta para asegurar que una planta produzca, en condiciones naturales, los mismos efectos que el peyote. La concentración puede ser baja o variar entre poblaciones, edades y condiciones ambientales. Tampoco existen ensayos clínicos suficientes sobre sus efectos en humanos.
Por ello, la formulación responsable es la siguiente: el peotillo contiene un alucinógeno comprobado químicamente, pero su condición de cactus alucinógeno de uso humano no está demostrada con el mismo nivel de evidencia que en el peyote.
Además, se trata de una especie extremadamente buscada por coleccionistas. Está sujeta a protección especial en la NOM-059 mexicana y aparece en el Apéndice I de la CITES, el nivel más restrictivo para el comercio internacional de especies silvestres. Los trabajos de propagación científica se han planteado precisamente como una alternativa frente a la extracción ilegal.
La biznaga de Doña Ana y una promesa no comprobada.
Pelecyphora macromeris, durante décadas conocida como Coryphantha macromeris, crece desde el sur de Nuevo México y el oeste de Texas hasta el noreste de México. La investigación taxonómica publicada en 2022 trasladó la especie al género Pelecyphora.
En sus tejidos se han identificado macromerina, normacromerina y distintas fenetilaminas. Un estudio de 1980 describió alteraciones en el comportamiento de animales y sugirió que la normacromerina podía ser psicoactiva. Sin embargo, esa conclusión no equivale a demostrar alucinaciones en seres humanos.
La literatura popular llegó a presentarla como un sustituto “legal” del peyote. La ciencia disponible no respalda esa publicidad con suficiente fuerza. No existen estudios clínicos modernos que permitan precisar su actividad, seguridad o toxicidad. Debe clasificarse como una cactácea con alcaloides potencialmente psicoactivos, no como un alucinógeno plenamente demostrado.
Ariocarpus fissuratus: la piedra que guarda una memoria.
A simple vista, Ariocarpus fissuratus parece una roca agrietada. Sus tubérculos triangulares permanecen casi al nivel del suelo, una adaptación que lo vuelve difícil de distinguir entre las piedras.
El estudio etnobotánico de Robert Bye, publicado en 1979 en el Journal of Ethnopharmacology, recuperó relatos según los cuales los rarámuri conocían esta especie como hikuli sunami o peyote cimarrón. Fuentes antiguas afirmaban que era recolectada en regiones próximas a Ojinaga, Jiménez y Camargo, aunque Bye advirtió que no existían entonces ejemplares botánicos confiables que confirmaran todas esas localidades.
Los análisis identificaron hordenina, N-metiltiramina y N-metil-3,4-dimetoxi-β-fenetilamina, pero no mescalina. La detección de un alcaloide tampoco demuestra por sí misma un efecto alucinógeno: debe conocerse su concentración, absorción, acción cerebral y respuesta en humanos.
El valor de Ariocarpus fissuratus es, por lo tanto, principalmente etnobotánico. Existen relatos de alteración de la conciencia, empleo ritual y uso como estimulante de corredores, pero faltan estudios farmacológicos modernos que confirmen una acción psicodélica reproducible.
Epithelantha micromeris: el hikuli mulato.
La pequeña Epithelantha micromeris vive en zonas áridas de Arizona, Nuevo México, Texas, Chihuahua y Coahuila. Está cubierta por espinas blancas tan cortas y numerosas que su superficie parece hecha de lana o ceniza. Kew reconoce su distribución en el noreste de México y el suroeste estadounidense, dentro de ambientes desérticos y matorrales secos.
Los registros recogidos por Bye señalan que los rarámuri la conocían como hikuli mulato y que se le atribuía la capacidad de agudizar la visión ceremonial, proteger a los corredores y revelar la presencia de hechiceros. El mismo investigador ubicó referencias históricas de colecta cerca de Valle de Allende, Julimes y la cuenca del río Conchos.
La química ofrece una lectura más cautelosa. Un estudio aisló seis triterpenos y encontró toxicidad en extractos administrados a ratones, pero no demostró una acción alucinógena. Toxicidad, estimulación y alucinación son fenómenos diferentes.
Esta especie está incluida en la NOM-059: algunas de sus formas aparecen como amenazadas y otras sujetas a protección especial. Su interés cultural no debe convertirse en una invitación para buscarla o extraerla.
El “falso peyote” que no debe confundirse.
Ariocarpus retusus crece en el noreste de México y en ambientes desérticos o de matorral seco. Ha recibido nombres como chautle, peyote cimarrón y falso peyote.
Los análisis químicos comprobaron la presencia de hordenina y N-metiltiramina. Sin embargo, no hay evidencia de mescalina ni pruebas suficientes de un efecto psicodélico clásico. Relatos wixaritari recogidos en la literatura etnográfica lo relacionan incluso con experiencias desagradables y advierten sobre su confusión con el peyote verdadero.
La especie se encuentra en el Apéndice I de CITES y está sujeta a protección especial en México. Por ello, llamarla “falso peyote” no significa que sea una alternativa legal, segura o disponible para su recolección.
Lo que revelan los archivos rarámuri.
La investigación de Robert Bye de 1979 documentó además referencias a Mammillaria craigii, Mammillaria grahamii var. oliviae, Coryphantha compacta, Echinocereus triglochidiatus y Echinocereus salm-dyckianus. Los informantes describieron sueños, viajes, colores intensos o estados semejantes al hikuri.
No obstante, muchas de esas plantas fueron registradas en barrancas, montañas y sectores de la Sierra Madre Occidental, no en el núcleo ecológico del Desierto Chihuahuense. Esta diferencia es esencial: una planta encontrada en el estado de Chihuahua no necesariamente pertenece al Desierto Chihuahuense.
Además, el propio estudio señaló que varios análisis estaban pendientes o eran preliminares. En Echinocereus triglochidiatus, una investigación posterior identificó N,N-dimetilhistamina, una sustancia con acción hipotensora que podría contribuir a los efectos atribuidos a la planta, pero no confirmó un alucinógeno clásico.
Estos documentos conservan un enorme valor antropológico, pero no deben interpretarse como pruebas clínicas. El conocimiento ceremonial indígena y la farmacología experimental responden preguntas diferentes. El primero explica relaciones culturales, espirituales y territoriales; la segunda intenta identificar moléculas, mecanismos y riesgos.
Una planta sagrada, no una mercancía psicodélica.
Para los pueblos rarámuri y wixárika, el peyote no puede reducirse a la palabra “droga”. En Chihuahua, la Ruta Sagrada del Jíkuri forma parte del patrimonio cultural inmaterial rarámuri. La ceremonia está relacionada con la sanación, la recuperación de las almas, la memoria comunitaria y el vínculo con el territorio.
En 2025, la UNESCO inscribió la Ruta Wixárika por los Sitios Sagrados hasta Wirikuta en la Lista del Patrimonio Mundial. El reconocimiento incluye la peregrinación, los relatos orales, las ceremonias y la relación espiritual con el maíz, el venado, el águila real y el peyote. La UNESCO también advirtió sobre presiones como minería, urbanización, turismo inadecuado y consumo externo de peyote.
La diferencia entre un uso ceremonial y la apropiación comercial es profunda. En el primero, la planta forma parte de obligaciones, restricciones y conocimientos transmitidos durante generaciones. En el segundo, se convierte en un objeto de curiosidad, mercado o extracción clandestina.
Protección y contradicciones legales.
La Ley General de Salud mexicana coloca la mescalina —identificada expresamente con el peyote— en el grupo de sustancias psicotrópicas consideradas de valor terapéutico escaso o nulo y con riesgo grave de uso indebido.
El artículo 195 bis del Código Penal Federal establece una excepción específica: el Ministerio Público no procederá por la posesión de peyote o de hongos alucinógenos cuando la cantidad y las circunstancias permitan presumir que serán utilizados en ceremonias, usos y costumbres de pueblos y comunidades indígenas o afromexicanas reconocidas por sus autoridades. No es una autorización general para la recolección o el consumo recreativo.
En materia ambiental, el peyote figuraba como especie sujeta a protección especial en la lista vigente de la NOM-059 actualizada en 2019. El proyecto de nueva NOM publicado en 2025 propuso elevarlo a “en peligro de extinción”, pero el Programa Nacional de Infraestructura de la Calidad de 2026 todavía describía ese instrumento como proyecto en proceso. Un comunicado de Profepa de junio de 2026 ya lo presentó como “en peligro de extinción”, lo que muestra una inconsistencia entre la comunicación institucional y el estado formal de la norma.
Independientemente de esa diferencia administrativa, su extracción sin acreditar procedencia legal puede constituir un delito ambiental. El Código Penal Federal contempla penas de uno a nueve años de prisión y multas para el tráfico, posesión, transporte o daño ilícito de especies protegidas o reguladas por tratados internacionales.
El mayor peligro puede ser la curiosidad.
Las amenazas sobre estas cactáceas no proceden solamente de quienes buscan sus alcaloides. El coleccionismo clandestino, la apertura de caminos, el cambio de uso del suelo, la minería, la agricultura, la urbanización y la infraestructura energética destruyen poblaciones completas.
El Servicio de Parques Nacionales identifica entre las principales presiones sobre el Desierto Chihuahuense el sobrepastoreo, la extracción de agua, las modificaciones del régimen de incendios, la urbanización, la agricultura, las especies invasoras y la colecta excesiva de plantas y animales.
Los estudios de largo plazo sobre peyote muestran que las cosechas repetidas reducen la supervivencia y el volumen de las plantas. Después de seis años, los ejemplares cortados cada dos años presentaban una supervivencia menor que los cosechados una sola vez o los no intervenidos. La recuperación observada no fue suficiente para considerar sostenible una colecta frecuente.
Publicar ubicaciones precisas de poblaciones silvestres también puede favorecer el saqueo. Por esa razón, un trabajo periodístico responsable debe hablar de regiones generales, no de coordenadas ni rutas de acceso.
Conclusión: entre el nombre y la evidencia.
La respuesta científica a la pregunta sobre cuántas cactáceas alucinógenas existen en el Desierto Chihuahuense es más breve de lo que sugieren las leyendas:
Una especie, Lophophora williamsii, tiene efectos alucinógenos plenamente comprobados.
Una segunda, Pelecyphora aselliformis, contiene mescalina demostrada químicamente, aunque sus efectos naturales en seres humanos no están suficientemente estudiados.
Por lo menos cuatro especies más —Pelecyphora macromeris, Ariocarpus fissuratus, Epithelantha micromeris y Ariocarpus retusus— poseen alcaloides o antecedentes etnográficos, pero no pueden calificarse rigurosamente como alucinógenas confirmadas.
El nombre popular “peyote” no es una prueba química. La presencia de un alcaloide no demuestra una alucinación. Un relato ceremonial tampoco puede separarse de la cultura que le da sentido.
En el Desierto Chihuahuense, estas plantas no son únicamente depósitos de moléculas. Son organismos de crecimiento lento, piezas de ecosistemas frágiles y, en algunos casos, seres sagrados dentro de tradiciones que han sobrevivido miles de años. Su historia reclama investigación, respeto y conservación, no saqueo ni consumo improvisado.
HISTORIASMX
Periodismo del Norte, Periodismo con Carácter.
Si resulta útil, puedo configurar “Vigilar cambio legal del peyote” para revisar cuándo la nueva NOM-059 pase de proyecto a norma definitiva.