La negativa del Ayuntamiento de Jiménez a proporcionar información detallada sobre el presupuesto de la Feria Patronal Santo Cristo de Burgos 2024 motiva a Gorki Rodríguez a solicitar un recurso de revisión ante el ICHITAIP, exigiendo transparencia y acceso en el formato solicitado.

HISTORIASMX. – La opacidad en la administración pública vuelve a ser motivo de controversia en Jiménez, Chihuahua, ante la negativa del Ayuntamiento, liderado por Marcos Chávez, a entregar información sobre el presupuesto y contratos de la Feria Patronal Santo Cristo de Burgos 2024.

La solicitud de acceso a esta información, presentada en agosto de 2024, fue respondida con restricciones, lo que llevó al solicitante, Gorki Rodríguez, a presentar un recurso de revisión ante el Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública (ICHITAIP). La resolución emitida destaca la falta de justificación del municipio y subraya la importancia de entregar la información en el formato solicitado, protegiendo el derecho de los ciudadanos al acceso a la información pública.

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Descripción de la solicitud inicial y negativa del municipio

El 21 de agosto de 2024, Gorki Rodríguez presentó una solicitud de acceso a la información ante el Ayuntamiento de Jiménez, con folio 080155824000052. Esta petición solicitaba los siguientes detalles específicos sobre la Feria Patronal Santo Cristo de Burgos:

  1. Balance de egresos e ingresos (por separado) recabados de la feria.
  2. Número de boletos impresos (para adultos y menores) y su costo de producción.
  3. Empresa responsable de la impresión de boletos, incluyendo su razón social.
  4. Copia de los cheques o transferencias de pago para la impresión de boletos y el presupuesto presentado por la empresa.
  5. Detalles de la concesión de venta de cerveza, incluyendo la empresa o persona concesionaria, el costo del permiso, la cantidad de cerveza vendida y el monto recabado por dichas ventas.
  6. Monto gastado en energía eléctrica durante el evento.
  7. Nómina del personal eventual contratado para el evento.

El Ayuntamiento de Jiménez, respondiendo el 4 de septiembre de 2024, indicó que debido al proceso de cambio de administración y a la carga de trabajo por el periodo de transición, no podían entregar la información en el formato solicitado.

En cambio, ofrecieron acceso a los archivos en las oficinas de la Oficialía Mayor y la Tesorería Municipal para que el solicitante pudiera consultar físicamente los documentos.

Presentación del recurso de revisión ante el ICHITAIP

Insatisfecho con la respuesta, Gorki Rodríguez interpuso el recurso de revisión ICHITAIP/RR-1026/2024 el 8 de septiembre de 2024. En su recurso, Rodríguez argumentó que la respuesta del municipio no cumplía con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, al no entregar la información en el formato digital solicitado ni ofrecer una justificación fundada para negar esta modalidad.

El recurso fue asignado a la Comisionada María Selene Prieto Domínguez, quien admitió el recurso y notificó al municipio, otorgándole un plazo de siete días hábiles para que el Ayuntamiento presentara su defensa o pruebas. Luego de revisar los argumentos y pruebas de ambas partes, el ICHITAIP procedió a cerrar la instrucción y analizar el recurso.

Consideraciones y resolución del ICHITAIP

En su análisis, el ICHITAIP señaló varias deficiencias en la respuesta del municipio. De acuerdo con los artículos 49 y 56 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chihuahua, el sujeto obligado debe proporcionar la información en el formato elegido por el solicitante, salvo que se funde y motive adecuadamente una modalidad alternativa. El municipio de Jiménez no justificó de manera fundada su negativa a entregar la información en formato digital y simplemente ofreció una consulta física, lo cual se consideró insuficiente.

El instituto subrayó que el acceso a la información se debe otorgar en el formato solicitado por el ciudadano, y únicamente si se justifica debidamente, se pueden proponer otras opciones de acceso. En este caso, el Ayuntamiento de Jiménez:

  1. No explicó por qué entregar la información en formato digital excedía sus capacidades técnicas.
  2. No ofreció una modalidad alternativa fundada y motivada, lo cual es obligatorio según la ley.
  3. Omitió sus responsabilidades en la Ley de Transparencia, que establece que toda la información que los sujetos obligados poseen debe estar accesible en el formato deseado por el solicitante, salvo excepciones justificadas.

Conclusión y orden del ICHITAIP

El ICHITAIP concluyó que el recurso de revisión era procedente y que la inconformidad del solicitante estaba justificada. Se ordenó al municipio de Jiménez:

  • Realizar una búsqueda exhaustiva de la información solicitada, incluyendo el balance de egresos e ingresos, los detalles de boletos y contratos de la feria.
  • Entregar la información en el formato solicitado por el recurrente, es decir, digital, en un plazo no mayor a diez días hábiles.
  • Notificar tanto al recurrente como al ICHITAIP en los plazos establecidos, adjuntando prueba de la entrega de información.

En caso de incumplimiento, el ICHITAIP advirtió que se aplicarían medidas de apremio contra el municipio, lo que incluye sanciones por violar el derecho de acceso a la información pública, garantizado en el artículo 160 de la Ley de Transparencia.

Impacto en la comunidad y transparencia en Jiménez

Este caso marca un precedente en el derecho a la información en Jiménez, ya que pone en evidencia los problemas de transparencia que persisten en la administración local. La falta de claridad en el manejo de recursos para la Feria Patronal y otros proyectos ha afectado la confianza de los ciudadanos en sus autoridades. Además, el historial de opacidad en la administración de Jiménez no es nuevo; en años recientes, el gobierno municipal ha enfrentado críticas similares por su falta de rendición de cuentas en contratos de infraestructura y proyectos públicos.

La resolución del ICHITAIP subraya la importancia de los mecanismos de revisión y del papel de los organismos de transparencia para proteger el derecho de los ciudadanos a conocer cómo se gestionan sus impuestos. La comunidad espera que este recurso y la supervisión del ICHITAIP sirvan como un precedente para mejorar la rendición de cuentas en el municipio y fomentar un entorno de transparencia y responsabilidad en la administración pública.

Por: Gorki Belisario Rodríguez Ávila.

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