La determinación judicial establece que un integrante de la Unidad de Medidas Cautelares deberá vigilar las expresiones, reuniones y entrevistas del comunicador, lo que en los hechos constituye un mecanismo de control preventivo sobre sus actividades.
CAMPECHE, 30 de agosto de 2025.– Una resolución judicial ha generado controversia en Campeche luego de que la jueza Guadalupe Martínez Taboada ordenara que el periodista Jorge González, de 71 años, sea supervisado de manera permanente por la Unidad de Medidas Cautelares de la Secretaría de Protección y Seguridad Ciudadana, con el objetivo de evitar expresiones consideradas ofensivas contra la gobernadora Layda Sansores San Román.
Medida cautelar y supervisión permanente
La determinación judicial establece que un integrante de la Unidad de Medidas Cautelares deberá vigilar las expresiones, reuniones y entrevistas del comunicador, lo que en los hechos constituye un mecanismo de control preventivo sobre sus actividades.
De acuerdo con lo expresado por González, esta medida constituye un acto de censura previa y una violación a sus garantías constitucionales, pues limita el ejercicio de la libertad de expresión.
Impacto en la Organización Editorial del Sureste
La resolución también alcanzó a la Organización Editorial del Sureste, S.A. de C.V., empresa operadora del medio Tribuna, donde se estableció que:
- No se revelará públicamente el nombre del responsable de redes sociales.
- El medio tendrá la obligación de enviar, al mismo tiempo que publica, todas las notas en las que se mencione a la gobernadora Sansores.
- Dicho material será revisado por el área de Derechos Humanos del Tribunal Superior de Justicia, que determinará si corresponde o no aplicar alguna sanción, aun sin contar con criterios estrictamente periodísticos.
Debate sobre la libertad de expresión
El periodista y la defensa de la editorial han sostenido que esta resolución contradice lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Constitución mexicana, que garantizan la libertad de expresión y la prohibición de censura previa, así como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el cual establece que no deben imponerse restricciones indirectas al ejercicio periodístico.
Señales de control y advertencia
Para González, las medidas representan un intento de silenciar a la crítica y un mensaje de advertencia para otros comunicadores en Campeche:
“Estas medidas de coerción sólo buscan silenciar y dar la señal de otros comunicadores de los riesgos a que se exponen si se refieren por cualquier motivo a la señora Sansores”, expresó.
Un caso que abre debate nacional
El caso ha encendido el debate sobre los límites entre la protección a funcionarios públicos y la libertad de prensa, generando cuestionamientos en torno al papel del Poder Judicial en la regulación del discurso crítico contra figuras políticas