En el Informe Específico de Revisión Forense respecto al mecanismo de gestión y participación social del Presupuesto Participativo 2022, se señaló que la Entidad Fiscalizada no proporcionó evidencia de la incorporación de la ciudadanía en el control, vigilancia, evaluación y ejecución del presupuesto.
HISTORIASMX. – Se verificó que el instrumento de Participación Ciudadana del Presupuesto Participativo ejecutado durante el ejercicio 2022 por la Entidad Fiscalizada de Jiménez cumpliera con lo señalado en el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua. Este artículo establece la obligación de incorporar a la ciudadanía en el control, vigilancia, evaluación y, en su caso, ejecución del presupuesto participativo.
Sin embargo, la documentación proporcionada por la Entidad Fiscalizada para acreditar esta incorporación arrojó observaciones significativas.
Observación 3: Falta de Evidencia de Participación Ciudadana.
En el Informe Específico de Revisión Forense respecto al mecanismo de gestión y participación social del Presupuesto Participativo 2022, se señaló que la Entidad Fiscalizada no proporcionó evidencia de la incorporación de la ciudadanía en el control, vigilancia, evaluación y ejecución del presupuesto.
En respuesta al oficio número AEF-241/2023, se solicitó evidencia de la participación ciudadana en la asignación y ejercicio del presupuesto participativo. La Entidad Fiscalizada presentó formatos concernientes al Comité de Participación Social, que debió conformarse para la vigilancia del gasto público con motivo de la asignación de recursos federales provenientes del Crédito FAIS otorgado por la Secretaría de Bienestar. Sin embargo, esta documentación no demostró acciones específicas de incorporación de la ciudadanía en el control, vigilancia, evaluación y ejecución del presupuesto participativo, lo que podría contravenir el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua.
Respuesta de la Entidad Fiscalizada.
La Entidad Fiscalizada manifestó que se dio participación a la ciudadanía mediante la creación del acta de instalación del comité de participación social, fichas de control de capacitación, reportes de actividades de inicio y desarrollo de obra, y actas de entrega-recepción. Además, se adjuntaron documentos como:
- Acta de Instalación del Comité de Participación Social.
- Ficha de Control de Capacitación del Comité de Participación Social FISMDF.
- Reporte de actividades de inicio y desarrollo de la obra.
- Reporte de resultados alcanzados por los Comités de Participación Social FISMDF y acta de entrega-recepción.
Evaluación de la Respuesta.
Tras analizar los argumentos y la documentación proporcionada, se determinó que el soporte documental aportado fue en cumplimiento de las disposiciones normativas del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, sin evidenciar acciones específicas de incorporación de la ciudadanía en el control, vigilancia, evaluación y ejecución del Presupuesto Participativo.
Próximos Pasos.
Debido a la falta de elementos suficientes para aclarar la observación, se promueve una nueva revisión para determinar si la Entidad Fiscalizada cumplió con las obligaciones establecidas en el artículo 72 del Reglamento de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua.